Nacional
Compartir | | Ampliar Reducir

Corte Suprema confirma sentencia que anula autorización para cultivo de cannabis

El recurso de casación presentado en contra de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción fue rechazado este miércoles.

por:  Emol
miércoles, 16 de abril de 2014

SANTIAGO.- La Corte Suprema rechazó un recurso de casación presentado en contra de una sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción que revocó el fallo de primera instancia que había acogido el reclamo presentado en contra del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que invalidó autorización para cultivar cannabis sativa en un predio cercano a Los Ángeles, en la Región del Bío Bío.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal, rechazó el recurso presentado por la Sociedad Agrofuturo Limitada, en contra de la decisión del SAG que revocó una decisión que había autorizado el cultivo para tratamiento médico.

La sentencia del máximo tribunal determina que el SAG actuó dentro de sus facultades al revocar una autorización inicial, tras realizar las consultas respectivas al Instituto de Salud Pública (ISP).

La decisión se adoptó con el voto en contra del ministro Pierry, quien consideró que se debía acoger el recurso de casación al considerar que no existía motivo para anular la autorización inicial que había otorgado el SAG antes de la consulta al ISP.

La resolución señala que "al basarse el Servicio Agrícola y Ganadero en un pronunciamiento emitido por el Instituto de Salud Pública para invalidar la autorización previa concedida no se atribuyó competencias ajenas, porque ese dictamen se realizó a requerimiento expreso de la Sociedad recurrente, constituyendo esa respuesta un acto administrativo de conformidad a lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 3 de la Ley Nº 19.880".

"La circunstancia de haber tenido en cuenta ese antecedente al constatar que la autorización concedida para sembrar cannabis no servía para el fin que se había solicitado y que no se cumplía con los requisitos establecidos en la ley para otorgarla, no puede atribuírsele el significado que invoca el recurrente porque de ningún modo lo privó de los recursos que pudo enderezar en contra de esa decisión dictada a su propio requerimiento", añade.

Queremos conocerte. Por favor, responde esta encuesta.
Redes sociales
Redes sociales
Portada

Cerrar

img