Sin embargo, tomando en cuenta la avanzada edad y enfermedades que padece Mario López, el máximo tribunal determinó otorgar el beneficio de la libertad vigilada al ex jefe comunal.
SANTIAGO.- La Corte Suprema rechazó los recursos de casación presentados en contra de la sentencia que condenó al ex alcalde de Quinta Normal, Mario López Acevedo, a la pena de 3 años y un día de presidio como responsable del delito de apropiación indebida de dineros de la Corporación de Desarrollo Educacional.
En fallo unánime la sala penal desechó el recurso presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que a su vez había confirmado el fallo del 36° Juzgado del Crimen de Santiago, Viviana Toro, de fecha 29 de noviembre de 2008.
El fallo se refiere a la apropiación de $ 3 millones 100 mil que fueron girados a la cuenta corriente de ex jefe comunal y que correspondía a dineros entregados a la Corporación de Desarrollo Comunal de Quinta Normal como parte de programas de la entonces Dirección General de Deportes (Digeder) en el año 1998.
Sin embargo, actuando de oficio, el máximo tribunal determinó que el condenado cumpla la pena con el beneficio de la libertad vigilada, y no de manera efectiva como lo habían establecidos los fallos anteriores, atendida a razones humanitarias, la edad del sentenciado y las diversas enfermedades que padece.
Esta actuación se determinó con el voto en contra del ministro Rodríguez y el abogado integrante Chaigneau que la consideraron no necesaria.
En el fallo se ratifica la absolución de Eleonor Jara Valladares y Kurt Soto Acuña, ambos funcionarios municipales, quienes habían sido procesados en su oportunidad
Asimismo se ratificó que el condenado debe pagar una multa de 15 Unidades Tributarias Mensuales y se acogió la demanda presentada por el Consejo de Defensa del Estado de indemnización por $ 3.100.000 (tres millones cien mil pesos).