Viernes 30 de Julio de 2010
La Segunda
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Presidente Lagos declara esta tarde santuario de la naturaleza a Parque Pumalín
Viernes 19 de Agosto de 2005
Fuente :ORBE
CHAITEN, 19.- El Presidente de la República, Ricardo Lagos, participará esta tarde, a las 14:00 horas, en la ceremonia de firma del acta de entrega y recepción de terrenos de Pumalín y del Decreto Supremo que declara Santuario de la Naturaleza al Parque del mismo nombre.

Con la declaración de Pumalín como Santuario de la Naturaleza, el total de hectáreas de este tipo de terrenos alcanzará las 471 mil 786,949 en todo el país.

Actualmente Chile cuenta con 94 áreas silvestre protegidas, distribuidas en 31 Parques Nacionales, 48 Reservas Nacionales y 15 Monumentos Naturales, las que en total cubren una superficie aproximada de 14 millones de hectáreas, equivalentes al 19 por ciento del territorio nacional.

Asimismo, en nuestro país existen 31 Santuarios de la Naturaleza, que han obtenido esta condición por tener un valor patrimonial en paisaje, flora, fauna vegetación, geomorfología o paleontología.

Además, durante la administración del Presidente Lagos se han incorporado 495 mil 638 hectáreas al Sistema de Areas Silvestres Protegidas, con la incorporación del Parque Nacional Corcovado y la Reserva Nacional Alto Loa y se han establecido 800 mil 145 hectáreas privadas de conservación.

Proceso Parque Pumalín

El 7 de julio de 1997 se suscribió el acuerdo de intenciones denominado Bases de Acuerdo entre el Gobierno de Chile -representado por el Ministerio Secretaría General de la Presidencia- y The Conservation Land Trust, representada por Douglas Tompkins, que estableció compromisos específicos entre un particular y el Estado de Chile, para dar viabilidad al primer proyecto destinado a la conservación ambiental en la Región de Los Lagos.

Durante el 2002, el Presidente Lagos instruyó a los Ministros cuyas carteras estuvieran relacionadas con el tema para que implementaran soluciones destinadas a destrabar los asuntos pendientes.

El 5 de diciembre de 2003 se suscribió entre el ministro secretario general de la Presidencia y Douglas Tompkins el documento titulado ’’Complemento a las Bases de Acuerdo de 1997’’, que permitió viabilizar la constitución de la Fundación chilena denominada Pumalín y el traspaso a ésta de la propiedad y administración de los terrenos adquiridos para convertirse finalmente en Santuario de la Naturaleza.

En términos generales, las principales condiciones exigibles en el Complemento a la Bases del Acuerdo, señalan:

• Designar a Empresas Verdes LLC Chile, con establecimiento permanente en nuestro país, de su homónima norteamericana (Conservation Land Trust), como la entidad Fundadora de la Fundación Pumalín.

• Regular la integración y funcionamiento del directorio de la Fundación.

• Definir la ubicación y superficie del Parque Pumalín.

• Se establece que el Parque Pumalín se formará principalmente con terrenos aportados por The Conservation Land Trust a la Fundación Pumalín, mediante donaciones que condicionarán el destino de los inmuebles a fines ecológicos y de preservación.

• El resto de los terrenos del parque serán donados por el Fisco de Chile a la Fundación, bajo condición de destinarlos exclusiva e indefinidamente a la conservación ecológica y a formar parte del Santuario de la Naturaleza.

• La materialización de las donaciones quedó expresamente supeditada a que se encontrara constituida legalmente la Fundación Pumalín y a que sus estatutos contemplaran que, en caso de extinción, los inmuebles recibidos en donación pasaran a la Universidad Austral y que seguirán formando parte del Santuario de la Naturaleza. Exigía además que se encontraran vigentes las autorizaciones de exenciones tributarias para las donaciones, como que los títulos de dominio estuvieran conforme a derecho.

• Las partes convinieron expresamente en la necesidad de resguardar la continuidad territorial del país y mantener la infraestructura vial de la región comprendida en el Parque Pumalín, así como de precaver el futuro desarrollo vial de la zona. La franja destinada a este uso queda excluida de la administración del Santuario.

Ubicación y superficie

El Parque Pumalín se ubica en la Décima Región, provincia de Palena, en las comunas de Hualaihué y Chaitén y una mínima parte está ubicada en la zona sur de la provincia de Llanquihue, comuna de Cochamó.

Abarca una superficie de 289 mil 562 hectáreas, aproximadamente. De éstas, una parte sustancial del área total se declarará Santuario de la Naturaleza (se excluye la propiedad de residencia de D. Tompkins).

Una vez declarado como Santuario de la Naturaleza, la propietaria del Parque Pumalín someterá voluntariamente el Plan Maestro de Manejo de las áreas que conforman el parque al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, mediante la elaboración y presentación de un Estudio de Impacto Ambiental.

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