Política
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Presentan proyecto que termina con sanciones a conductores que presenten nivel de alcohol bajo la norma

La iniciativa busca corregir un aspecto de la ley del tránsito que no fue considerado a la hora de modificar la normativa.

por:  La Segunda Online
miércoles, 28 de marzo de 2012
Valparaíso.- Diputados presentaron una moción parlamentaria que elimina las sanciones contra los conductores que sean sorprendidos manejando con menos de 0,3 gramos por mil de alcohol en la sangre, los que actualmente son considerados en condición física o síquica deficiente para manejar.

El proyecto fue presentado por los diputados Pepe Auth (PPD), Sergio Bobadilla (UDI), René Manuel García (RN), Gustavo Hasbún (UDI), Fernando Meza (PRSD), Clemira Pacheco (PS), Leopoldo Pérez (RN), Joaquín Tuma (PPD) y Mario Venegas (DC).

Los autores de la iniciativa argumentaron que la entrada en vigencia de la reforma legal  que redujo la cantidad de gramos por litro de sangre desde 0,5 a 0,3 para sancionar la conducción bajo la influencia del alcohol y de 1,0 a 0,8 para sancionar el manejo en estado de ebriedad, no considera el estado en “manejo deficiente” que estipula la Ley de Tránsito.

Por ello, los autores de la moción plantean que, al rebajar el umbral de 0,5 a 0,3 gr/L, se hace imprescindible eliminar toda posibilidad de sanción por resultados inferiores al umbral en los respectivos controles. "Sería contrario al objetivo de la ley que se continúe sancionando a conductores que no han consumido alcohol, que lo hayan hecho en cantidades insignificantes o que responsablemente hayan esperado para conducir el tiempo suficiente después de hacerlo", precisan.

Por tal razón, proponen modificar la Ley de Tránsito para señalar expresamente que no puede entenderse como condición deficiente el hecho de arrojar un nivel igual o menor a 0,3 gramos de alcohol por mil en un examen de sangre o la prueba respiratoria durante un control policial.

El proyecto consta de un artículo único que agrega un inciso segundo al artículo 109 de la Ley 18.290 de Tránsito del siguiente tenor: "No se entenderá, para efectos de esta ley, como condición física o psíquica deficiente, arrojar en el informe de alcoholemia o en el resultado de la prueba respiratoria que hubiera sido practicada por carabineros, una dosificación igual o inferior a 0,3 gramos por mil de alcohol en la sangre".

La iniciativa quedó en manos de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones para su estudio.

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