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Fonasa devolverá excesos a sus afiliados a partir del 1 de septiembre

A través de una aplicación en la página web podrán revisar si tienen exceso de cotizaciones.

por:  Soychile
jueves, 27 de agosto de 2015
El Fondo Nacional de Salud (Fonasa) informó que a contar del 1 de septiembre y hasta el 30 de noviembre se llevará a cabo el nuevo proceso de Devolución de Pago de Exceso (DPE) para los beneficiarios de Fonasa que tengan cotizaciones mayores al tope en UF (73,2 UF para el año 2015) y en el caso de los empleadores, con doble pago de cotizaciones (mismo empleador, renta, cotización y período).

Dispondrán en su sitio web una aplicación que permitirá revisar en línea si los cotizantes poseen devoluciones en este nuevo proceso.

El usuario podrá revisar la propuesta de devolución, la que debe ser aprobada para generar el pago.

A diferencia del primer proceso masivo, en esta ocasión en la aplicación se podrá escoger la modalidad de cobro: Depósito en Cuenta RUT de Banco Estado; Pago en caja a través de Vale Vista en Banco Estado; o depósito en Cuenta Corriente, Vista o Ahorro de cualquier banco.

Para aquellos beneficiarios que no estén de acuerdo con la propuesta que se presentará en el sitio web, podrán completar en línea un formulario para la revisión de su caso.

Para calcular si tiene Devolución de Pago de Exceso, se debe distinguir entre los afiliados que cotizan en el Instituto de Previsión Social (IPS) activos dependientes (antiguo régimen) y los afiliados cotizantes de AFP, puesto que los topes imponibles difieren según sea el caso.

Para los afiliados al IPS la renta tope es de 60 UF. En el caso de los afiliados a AFP, la renta tope varía de acuerdo al año, correspondiendo para 2015 a 73,2 UF. Para ambos casos, si la suma de sus rentas supera dichos topes, generará excesos a cobrar.

Para los Pensionados del IPS no aplica tope imponible, es decir no generar excesos. En el caso de las pensiones no IPS, se suma como una renta más, por lo tanto si supera el tope, aplica la devolución.

Este proceso masivo y automático de devoluciones no incluye las siguientes causales: Pago mayor a la tasa vigente, Renta Imponible errónea, Término de Relación Laboral, Relación Laboral Inexistente, Licencias Médicas, Fallecimiento del Cotizante, Permiso sin goce de remuneraciones, Doble pago no idéntico (diferente renta y/o cotización). Para estos casos, el proceso de devolución de excesos se realiza en forma presencial a lo largo de cualquier sucursal FONASA del país.
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