Educación
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Padres podrán invocar Ley Zamudio en cualquier colegio por "discriminación arbitraria"

Cambios al proyecto de fin al lucro, copago y selección. Sostenedores temen que "se judicialice" la educación.  

por:  Jéssica Henríquez, La Segunda
martes, 14 de octubre de 2014

Si algún padre o apoderado, del colegio que sea, siente que su hijo ha sido discriminado arbitrariamente en un establecimiento educacional podrá recurrir a la «Ley Zamudio», o ley antidiscriminación

Así lo contempla la última versión del proyecto de ley que pone fin al lucro, copago y selección en los colegios que está siendo tramitado en el Congreso, luego que ocho diputados incorporaran esta indicación al proyecto original en la Comisión de Educación de la Cámara.

"El proyecto aspira al principio general de la inclusión y, evidentemente, lo que buscamos con esta indicación es no aceptar ningún tipo de discriminación en los colegios no sólo durante el proceso de admisión y selección, sino durante todo el año", explicó uno de sus autores, Mario Venegas (DC).

El artículo (presentado además por Giorgio Jackson, Fidel Espinoza, Cristina Girardi, Rodrigo González, Juan Enrique Morano, Yasna Provoste y Camila Vallejo) señala: "Los directamente afectados por una acción u omisión que importe discriminación arbitraria en el ámbito educacional podrán interponer la acción de no discriminación arbitraria a que se refiere la Ley 20.609" (Ley Zamudio).

La medida -de ser aprobada también en el Senado- ampliaría al ámbito judicial una temática que hasta ahora se ha tratado sólo en el ámbito administrativo, ya que permitiría a los padres recurrir a los tribunales de justicia para reclamar discriminaciones que hasta ahora pueden ser vistas por la Superintendencia de Educación.

"Abriría un paraguas enorme"

La Ley Antidiscriminación establece que no se puede privar, perturbar o amenazar el ejercicio de los derechos de las personas por motivos de raza, etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología política, religión, creencia, sindicación, sexo, orientación sexual, identidad de género, estado civil, edad, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad.

"Esto abriría un paraguas enorme en favor de los escolares en Chile. No hay duda de la libertad de enseñanza de los colegios, sobre todo en los establecimientos pagados, pero en muchos de ellos existen barreras de entrada que están en terreno de nadie y con esto se comenzaría a definir cuáles son admisibles", explica Alan Spencer, el abogado que logró la primera condena por Ley Zamudio en diciembre de 2012.

Señala que la ventaja de este mecanismo respecto de otras herramientas legales radica en que prohíbe a futuro el acto por el cual se argumenta la discriminación arbitraria: "Es la única forma de evitar que la acción no se vuelva a repetir, porque el recurso de protección, por ejemplo, se aplica por cada evento que pasa".

-Y en un colegio, ¿contra quién sería la demanda: contra el plantel o la persona?

-Debiera ir en contra del establecimiento, el que debe responder por los actos de las personas que trabajan allí. Normalmente se hace así, para después, si se gana, seguir con el paso siguiente que es la indemnización por perjuicios.

La ley establece una multa de hasta 50 UTM para el infractor ($2 millones), deja sin efecto el acto discriminatorio denunciado y prohíbe la reiteración de ese acto.

Pero lo más positivo de que esta ley sea aplicable en los colegios, dice el abogado, "es que por fin a la Ley Zamudio se le está sacando del estereotipo que tenía, de que es sólo para grupos homosexuales o transexuales, y se está entendiendo que es para cualquier acto de discriminación arbitraria. Y hoy, sin duda, hay un margen importante de ello en los colegios".

"Nos parece exagerado"

El tema es visto con preocupación por las organizaciones que agrupan a colegios particulares pagados y particulares subvencionados, las que temen que esta medida termine judicializando la educación.

"Es muy complejo. Y nos provoca mucha extrañeza y preocupación que los diputados ingresaran una indicación de este tipo, porque no era parte del proyecto original", dice el presidente de la FIDE, Jesús Triguero, donde se agrupan colegios de Iglesia y congregaciones religiosas.

Triguero, quien además es rector del Colegio Alonso de Ercilla, agrega: "Esto abre un campo no predecible, porque bajo el argumento de discriminación arbitraria los apoderados podrían sentir que cualquier cosa que no les parezca caería en esta categoría. Y aducir esta ley cuando se habla de selección nos parece exagerado, porque la Ley Zamudio es muy potente, es para otras cosas".

En la Conacep -que reúne a establecimientos particulares pagados y particulares subvencionados- advierten que tienen dudas respecto de la constitucionalidad de la medida. "Así que tanto en este tema, como en otros del proyecto, vamos a estudiar si podemos recurrir al Tribunal Constitucional o a la justicia", dice su presidente, Hernán Herrera.

Explica que "no nos oponemos a que los padres tengan instancias para hacer valer sus derechos, pero nos preocupa que esto termine judicializando la educación. Invocar la Ley Zamudio nos parece exagerado porque existe la Superintendencia de Educación, que es la llamada a resolver todo este tipo de cosas y tiene las facultades para investigar y sancionar".

Y pregunta: "¿Esto significa que los sostenedores deberán defenderse de los padres con abogados? Nos parece que se llega al extremo cuando se invoca ir a la justicia ordinaria, cuando se puede resolver en una instancia administrativa".

"Este punto, más que aportar, dificulta la gestión. Cuando lo que se dice es que el foco de la reforma es que las platas se destinen exclusivamente a Educación, me pregunto: ¿quién se hará cargo de los costos legales de defensa del sostenedor? ¿El establecimiento? ¿O será a cuenta propia?", dice.

 Silencio en los establecimientos particulares pagados

Pese a que gran parte de los establecimientos educacionales están en pleno proceso de admisión para el período 2015, prefirieron no referirse a temas de selección escolar ni a la nueva legislación que se tramita en el Congreso. Consultados por La Segunda por los establecimientos agrupados en CEDUC (como Tabancura, Huelén, Los Andes, Cordillera, Cantagallo y Los Alerces), no quisieron referirse a las indicaciones recientemente aprobadas hasta que se materialicen definitivamente en una ley.

Igual respuesta entregaron los colegios The Grange School (La Reina), Santiago College (Lo Barnechea), Santa Úrsula (Vitacura), San Pedro Nolasco (Vitacura), Saint George's College (Vitacura), Santa María de Santiago (Santiago) y La Maisonnette (Vitacura), los que siguen con sus procesos de selección sin grandes variaciones.

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