Asimismo se pedirá la extradición a EE.UU. del miembro de la misión militar en Chile durante 1973.
El ministro en visita Jorge Zepeda.
Foto El Mercurio
El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago Jorge Zepeda dictó procesamiento en la investigación por los homicidios calificados de los ciudadanos estadounidenses Charles Horman Lazar y Frank Teruggi Bombatch, ocurridos el 17 y el 22 de septiembre, respectivamente.
El magistrado encausó al brigadier en retiro del Ejército Pedro Espinoza Bravo y al Comandante de Grupo de la Misión Militar de Estados Unidos en Chile, capitán de Navío Ray E. David.
Respecto de este último, el ministro en visita pidió a la Corte Suprema que autorice la solicitud de extradición del ciudadano estadounidense para que sea juzgado en Chile por estos hechos.
De acuerdo a los antecedentes del proceso, “el 15 de septiembre de 1973 Charles Edmund Horman Lazar y su acompañante Terry Simon, salieron desde la ciudad de Viña del Mar a la ciudad de Santiago transportados por una persona Oficial Jefe Comandante de la Misión del Grupo Militar de los E U Chile y Jefe del Grupo Naval de los Estados Unidos de América en Chile; traslado que se produce al informarse el oficial norteamericano que Charles Edmund Horman Lazar y Terry Simon se hospedaban en el Hotel Miramar de Viña del Mar, de lo que da cuenta el antecedente consular desclasificado por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, que transmite: “Art Creter –ISND- Los 2 se registraron en el Hotel Miramar, pieza 315, a las 23:00 hrs. el 10 de Spt., dio la dirección Paul Harris 425, dijo “escritor”. Salió 15 de Sept.”.
“Que el transporte de Charles Edmund Horman Lazar y de Terry Simon, desde la ciudad de Viña del Mar a Santiago, es hecho por el Capitán de Navío norteamericano con el salvoconducto del oficial de inteligencia del Departamento Segundo del Estado Mayor de la Defensa Nacional, el que se desempeñaba en las actividades de oficial de enlace con los militares americanos y la cumple en su labor de Jefe de División de Inteligencia, del Estado Mayor de la Defensa Nacional”.
Que la acción en contra de la vida de Charles Edmund Horman Lazar – y en contra de la vida de Frank Randall Teruggi Lazar - se insertó dentro la investigación secreta norteamericana de personas estadounidenses afectadas por la actividad de recolección de datos de lo que ellas hacían políticamente en Estados Unidos y en Chile; actividad calificada por los agentes del Estado de “subversiva” tanto al interior como exterior de los Estados Unidos.
En el caso de Charles Edmund Horman Lazar, determinadamente, se le cuestionaba y calificaba como “subversiva” su labor de guionista en la empresa estatal chilena “Chile Films”, respecto de material fílmico sensible, parte del cual corresponde al material fílmico sacado de Chile y producido en el extranjero después de la muerte de la víctima. Consta que tal actividad en “Chile Films” originó una investigación de inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, antes, durante y con posterioridad a la muerte de Charles Horman Lazar, registrada en la documentación oficial militar “, dice la resolución.
Agrega que “la decisión de dar muerte a Charles Horman Lazar, por tratarse de un detenido extranjero, se dispone por el Departamento II del Estado Mayor de la Defensa Nacional, dependiente del General de Ejercito Augusto Lutz Urzúa, y se ejecuta por el Batallón de Inteligencia Militar o Cuartel de Inteligencia del Ejército, a cargo de determinado oficial de esa repartición encargado de supervigilar la ejecución de detenidos”.
“La detención y muerte de Charles Edmund Horman Lazar se produce durante las antes descritas operaciones secretas en contra de ciudadanos norteamericanos; y formó parte de la actividad de “inteligencia” del sujeto oficial Comandante del Grupo de la Misión Militar de los Estados Unidos de A, pues, hay presunciones que luego de las operaciones encubiertas que cumplía en Chile, diseñadas en contra de Charles Edmund Horman Lazar, decide no anular la voluntad de los autores materiales de la muerte de éste, no obstante tener la posibilidad de hacerlo, atendida su actividad de coordinación con los agentes del Estado de Chile, y con su actuar favorece la muerte de la víctima, atendido que consideraba “subversiva” o “extremista” la actividad de investigación e información política periodística que ésta realizaba, agravada al haber conocido la víctima involuntariamente la actividad norteamericana en la ciudad de Viña del Mar, de colaboración con los acontecimientos militares en desarrollo en Chile;”
Respecto de Frank Randall Teruggi Bombatch, se determinó que “con anterioridad, según antecedentes desclasificados por el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América, durante julio de 1972, Frank Randall Teruggi Bombatch es afectado por las actuaciones secretas de agentes oficiales de los Estados Unidos de América. “Una agencia gubernamental de los Estados Unidos de América, que realizaba investigaciones del tipo seguridad avisa al F.B.I. que estuvo en contacto con un informante y proporcionó para ella la siguiente dirección: Frank Teruggi, Hernán Cortés 2.575, Santiago, Chile”.
“La agencia comunica, además que, de acuerdo a la información recibida por fuentes, Teruggi es un americano residente en Chile que está estrechamente vinculado con el Grupo para la Liberación de las Américas Área Chicago”.
Asimismo, afecta a Frank Teruggi, que “mediante memorándum, de 28 de noviembre de 1972, al Director Ejecutivo del FBI, desde la legación norteamericana en Bonn, Alemania, califica a Frank Teruggi de “subversivo” y se indica que la información en relación con a Teruggi fue proporcionada por el 66° Grupo de Inteligencia Militar (66th MIGp), bajo clasificación confidencial y marcada (con la nota) “Alerta – Fuentes y Métodos sensibles involucrados. Originalmente provenía de… desde Heidelberg, Alemania. La naturaleza de esta fuente debiera ser protegida”.
“El Grupo de Inteligencia Militar mencionado señala a Teruggi como una persona involucrada en actividades diseñadas para apoyar a hombres en servicio quienes se habían ausentado sin permiso de sus unidades y en actividades de apoyo a inducir el ausentismo sin permiso de hombres en servicio, tanto en actividades de ayuda y desorganización de disidentes del personal del Ejército de los Estados Unidos en Alemania. Se asevera, además, que tiene vastos contactos en Alemania y los Estados Unidos”.
“Al igual que con Charles Edmund Horman Lazar, la acción en contra de Frank Randall Teruggi Bombatch, se inserta en las investigaciones secretas ejecutadas en contra de personas norteamericanas, afectadas por la actividad de recolección clandestina de datos de lo que ellas realizaban en el ámbito político; actividad realizada por agentes del Grupo de Inteligencia Militar estadounidense, dirigida por el sujeto oficial Comandante del Grupo de la Misión Militar de los Estados Unidos de A, en relación a extremismo político, tanto al interior como exterior de los Estados Unidos de América. En este caso, se trataba de la producción por parte de Frank Randall Teruggi Bombatch, de material periodístico de izquierda en el denominado Boletín FIN, (Fuente de Información Norteamericana), destinado a ser entregado en los Estados Unidos de América, material sensible por considerarse por los agentes de Estado norteamericanos “subversiva” tal actividad mediática".
Los antecedentes que afectaban a Frank Randall Teruggi Bombatch fueron entregados al Servicio de Inteligencia del Estado Mayor de la Defensa Nacional, a cargo del General Augusto Lutz Urzúa, oficial del Estado Mayor del Ejército. Así, el día 20 de septiembre de 1973, tal autoridad militar da orden al personal de Carabineros de la dotación de la Escuela de Sub oficiales de Carabineros, de detener a la víctima Frank Randall Teruggi Bombatch y a su compatriota David Hathaway, en la morada de éstos de calle Hernán Cortés N° 2.575, comuna de Ñuñoa, Santiago, la que se cumple alrededor de las 20.15 horas, ante la presencia de la futura cónyuge de David Hathaway, la joven Olga Irene Muñoz Gómez; acción en la que, además, los captores decomisan “literatura sospechosa” y fotografías personales”.
“Que Frank Randall Teruggi Bombatch y David Hathaway quedaron privados de libertad en el campo del Estadio Nacional y en horas de la madrugada del viernes 21 de septiembre, son interrogados por un oficial del Ejército frente al camarín ocupado por extranjeros; luego, al mediodía, ambos ingresan a un camarín del Estadio Nacional, en el cual se encontraba un grupo indeterminado de extranjeros. Ese mismo día 21, alrededor de las 18 horas, un oficial del Ejército llama a un grupo de detenidos, entre ellos a Frank Teruggi Bombatch, el que es sacado del camarín sin que su compatriota David Hathaway vuelva a verlo; no obstante, éste último se percata que todos los días, después del viernes 21 de septiembre, militares preguntan y simulan buscar a la víctima Charles Horman Lazar, sin mencionar el nombre de Frank Randall Teruggi Bombatch, ambos ya muertos y hechos desaparecer por los hechores”.
“Que, en efecto, entre la noche del 21 y la madrugada del 22 de septiembre de 1973 Frank Randall Teruggi Bombatch, es muerto al margen de todo proceso legal por los agentes del Estado que habían ordenado su privación de libertad en el Estadio Nacional, los que luego abandonan su cuerpo en las calles de Santiago; así Frank Randall Teruggi Bombatch fue muerto por múltiples heridas a bala mientras se hallaba privado de libertad y bajo la custodia de los agentes del Estado".
Se indica en el Certificado de Defunción del Registro Civil e Identificación de Chile, extendido con fecha 10 de octubre de 1973, que Frank Randall Teruggi Bombatch, falleció el 22 de septiembre de l973, a las 21.10 horas y que la causa de su muerte fueron heridas a bala toraxico- abdominales.
Los datos corresponden a los del ingreso a la morgue del cuerpo de la víctima, pues su cadáver había sido abandonado en un lugar indeterminado de la vía pública, ello con la finalidad propiciada por los hechores para impedir que se conociera la acción que determinó su muerte”.