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Suprema rechaza recurso por autorización de termoeléctricas Pacífico y Patache en Tarapacá

Rechazaron las acciones cautelares presentadas por organizaciones comunitarias, el acalde de Huara y el diputado Hugo Gutiérrez.

por:  La Segunda Online
miércoles, 19 de octubre de 2011

La  Corte Suprema rechazó los recursos de protección presentados en contra de las resoluciones del Comisión Regional del Medio Ambiente de Tarapacá que aprobó los estudios de  impacto ambiental de las centrales termoeléctricas Pacífico y Patache.

En fallos unánimes (causas roles 8203-2011, 8204-2011 y 8213-2011), los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal Héctor Carreño, Sonia Araneda, Pedro Pierry, Haroldo Brito y el abogado integrante Jorge Lagos, rechazaron las acciones cautelares presentadas por organizaciones comunitarias, el acalde de Huara y el diputado Hugo Gutiérrez.

En el primer caso, las acciones se desestimaron por considerar que no hubo actuar ilegal o arbitrario de parte de la autoridad recurrida, al aprobar los estudios de impacto ambiental de las centrales:

“No es posible concluir que el actuar de la Comisión Regional del Medio Ambiente de la I Región sea ilegal o arbitrario y, además, que afecte alguna garantía constitucional, porque los recurrentes construyen sus alegaciones sobre la base de eventuales efectos perjudiciales que a su juicio podrían acarrear la materialización de la actividad que se pretende instalar, pero no proporcionan antecedentes concretos que justifiquen tales pronósticos”, dice el fallo.

En tanto, en el caso de la acción interpuesta por el alcalde de Huara y el diputado Gutiérrez se desestimó la acción por falta de legitimación activa, de acuerdo al criterio del máximo tribunal.

“En el caso de autos los actores carecen de legitimación activa para accionar de protección toda vez que  ambos se domicilian para estos efectos en la ciudad de Iquique, distante más de cincuenta kilómetros hacia el Sur del lugar en que funcionarían las termoeléctricas, de manera que no son personalmente afectados por las resoluciones impugnadas. En lo que se refiere a los habitantes de las comuna de Iquique, Huara y Alto Hospicio, por quienes también recurren como representantes de tales comunas, don Carlos Silva en su calidad de Alcalde de Huara y don Hugo Gutiérrez en su calidad de Diputado, cabe señalar en primer término que la acción de protección no es una acción popular, de manera que resulta indispensable la individualización de los afectados por quien se interpone y, enseguida, que tales comunidades se ubican a gran distancia del lugar en que se emplazarán y funcionarán las centrales, aproximadamente 60 kilómetros al Sur en el caso de Iquique, y mayor en el caso de las otras dos comunas, de manera que tampoco puede entenderse que sean afectados por las resoluciones que son materia de autos”.

En todos los casos, se ratificaron los fallos de la Corte de Apelaciones de Iquique que había rechazado las acciones cautelares.

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