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Antenas no podrán instalarse en áreas sensibles como hospitales, jardines infantiles o salas cunas

La Sala despachó a tercer trámite el proyecto que obligará en el plazo de un año, a trasladar las actuales antenas de telecomunicaciones ubicadas en dichas áreas.

por:  La Segunda Online
jueves, 01 de septiembre de 2011
Antenas celulares

Antenas celulares


Foto El Mercurio

En condiciones de cumplir su tercer trámite en la Cámara de Diputados, quedó el proyecto que regula la instalación de antenas de telecomunicaciones, luego que el Senado despachara el articulado de la iniciativa tras dos jornadas de intenso debate.

Las principales modificaciones que introdujo el Senado tienen que ver con estándares más exigentes al nivel de los países de la OCDE para la instalación de antenas, así como la obligación de trasladar las actuales antenas que se ubiquen a menos de 50 metros de las denominadas "áreas sensibles" en el plazo de un año.

Durante la segunda jornada de votación, intervinieron los senadores: Jovino Novoa, Jorge Pizarro, Alejandro Navarro, Baldo Prokurica, Juan Pablo Letelier, Guido Girardi, Francisco Chahuán y Ricardo Lagos Weber. Además, del Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, Pedro Pablo Errázurriz.

La Sala aprobó por 19 votos a favor, 12 en contra y 2 abstenciones, la indicación renovada  que fue presentada por los senadores Jorge Pizarro, Soledad Alvear, Guido Girardi, Ricardo Lagos Weber, Juan Pablo Letelier, Jaime Quintana, Fulvio Rossi, Ximena Rincón, José Antonio Gómez y Mariano Ruiz-Esquide.

Esta indicación apunta a que las antenas que están en la actualidad en zonas sensibles, como hospitales, jardines infantiles y salas cunas,  deban ser trasladadas para cumplir con las normas de distanciamiento en un plazo de 12 meses. La distancia de las antenas será de cincuenta metros mínimo desde dichas zonas.

Cabe señalar, que esta modificación aporta una aplicación de retroactividad de la normativa actual que establecía la medida de distanciamiento con respecto a las zonas sensibles.

Al respecto, los senadores Chahuán y Prokurica, comentaron que si bien no está del todo comprobado por estudios médicos los efectos nocivos que podrían ocasionar la instalación de antenas de telecomunicaciones cerca de las personas, insistieron que  lo que importa son las emisiones de dichas antenas

Respecto de las medidas orientadas a la protección de la salud, los senadores Chahuán, Prokurica y Novoa, explicaron que la normativa establece que las emisiones de ondas electromagnéticas que producen las antenas, deben tener un límite igual o menor al promedio de los cinco países más rigurosos en esta materia de la OCDE. De esta manera, en materia de protección a la salud, indicaron que Chile estará entre los 5 países más estrictos del mundo.

El senador Novoa, dejó constancia de su preocupación porque esta disposición implicaría el traslado de muchas antenas, que estén instaladas en zonas sensibles. Además, que explicó que no existe un mapeo detallado de las direcciones de los jardines infantiles, salas cunas, centros de madres, lo que podría ocasionar confusión al momento de medir la distancia para instalar las antenas.

Agregó que según estudios internacionales, es más riesgoso que las antenas estén ubicadas lejos de las personas, porque esto significa que los aparatos deben tener una mayor actividad para funcionar, de modo de combatir así la eventual debilidad de la señal.

En tanto, los senadores Pizarro, Navarro, Girardi, Letelier y Lagos Weber sostuvieron que no se puede garantizar si la emisión de campos electromagnéticos son dañinos para la salud de la población. En ese sentido, destacaron el principio preventivo de la normativa, que protege a las personas, en especial, a las más vulnerables, que están ubicadas en las zonas sensibles de instalación.

Precisaron que lo que se busca con esta indicación es dar tranquilidad a la población, debido a que las antenas instalas en zonas sensibles, estarán obligadas a traslarse a otro sector y para ello, contarán con un año para dicha operación.

También el senador Navarro defendió dicho principio preventivo y recordó que durante mucho tiempo las empresas tabacaleras negaron los efectos nocivos en la salud de las personas y esta misma situación podría ocurrir con los concesionarios de telecomunicaciones.

Localización

 En tanto, por 28 votos a favor y cinco abstenciones, la Sala aprobó la incorporación del nuevo inciso octavo, en el artículo 19 bis de la Ley de Telecomunicaciones, que establece un procedimiento aplicable a los concesionarios de antenas que instalen antenas entre 12 y 30 metros y que están obligados a colocalizar y que se niegan a realizarlo, puedan elevar un recurso ante la Subsecretaría de Telecomunicaciones, Subtel, para que se pronuncie a favor o en contra.

 Los senadores Girardi, Letelier, Escalona y Lagos Weber, quienes se abstuvieron de la votación, expresaron su críticas con respecto a este procedimiento. Añadieron que es lo mínimo que se le puede pedir a las empresas que han saturado sectores urbanos de nuestro país con la instalación de numerosas antenas.

 Al respecto, el senador Navarro comentó que dicha materia no resuelve el tema de fondo, es que el bajo porcentaje de compensación que tienen que brindar las empresas de telecomunicaciones, que instalaron antenas de más de doce metros de altura. Cabe recordar, que dichos mejoramientos del espacio público que rodea la torre, hasta un radio de 250 metros, será por un monto equivalente al 30% del costo total de las obras.

 No obstante, los senadores de la Alianza, se mostraron a favor de este articulado y destacaron que dicha materia no afecta a las torres de más de treinta metros ya que los concesionarios de éstas nunca podrán negarse a la obligación de colocalizar.

 Participación 

Por otra parte, la Sala rechazó por 12 votos a favor, 20 en contra y 2 abstenciones, la indicación renovada, que fue presentada por los senadores Camilo Escalona, Soledad Alvear, Eduardo Frei, Isabel Allende, Hosaín Sabag, Pedro Muñoz Aburto, Jorge Pizarro, José Antonio Gómez y Juan Pablo Letelier.

Ésta se refería a la creación y las facultades del comité participativo de usuarios, quienes rechazarán o respaldarán, mediante un certificado firmado ante notario y en un plazo no superior a 30 días, la instalación de antenas en su comuna.

Los senadores Novoa y Pizarro, concordaron que dicha iniciativa no es práctica debido a que en nuestro país hay comunas populosas y con gran cantidad de organizaciones sociales, y en caso de constituirse el comité participativo de usuarios, estaría integrado con cerca de 6 mil entidades sociales lo que sería insostenible para adoptar decisiones.

No obstante, el senador Escalona, uno de los autores de la indicación, subrayó que el espíritu de ella era brindar más espacio de participación de todas las personas que se ven afectadas por la instalación de antenas.

Finalmente, el Ministro Errázurriz, enfatizó que estuvo de acuerdo en muchos puntos de la discusión de las indicaciones, y explicó que la iniciativa fomenta la conectividad y protege la salud de las personas. También explicó que hay estudios que indican que si se alejan las antenas de las personas obliga a los aparatos de celulares que aumenten su potencia, por lo que es vital que existan antenas en zonas urbanas.

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