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Corte de Antofagasta condena a empresa de buses por infracción a la ley del consumidor

Deberá indemnizar a pasajera que sufrió un accidente al interior del bus durante un viaje desde Santiago a Antofagasta.

por:  La Segunda Online
martes, 02 de agosto de 2011

La Corte de Apelaciones de Antofagasta condena a Tur Bus a pagar indemnización a pasajera que sufrió un accidente al interior de una de sus máquinas, de acuerdo a las normas de la Ley del Consumidor.

En fallo unánime (en causa rol 86-2011), las ministras de la Primera Sala del tribunal de alzada Cristina Araya, Virginia Soublette y Dora Mondaca, condenaron a Tur Bus a pagar una indemnización de $3.120.000 a María Cornejo Díaz, y una multa en beneficio fiscal de  4 UTM (Unidades Tributarias Mensuales), equivalentes a $154.072.

La mujer viajaba, el 3 de febrero de 2010, en un bus que hacía el recorrido Santiago-Antofagasta. Durante la noche, sufrió una caída al interior del vehículo que le provocó una fractura en una pierna, lo que obligó a interrumpir el viaje e internarla en un hospital en la ciudad de Copiapó.

El fallo del tribunal de alzada ratifica la sentencia dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de Antofagasta, el que determinó la infracción de los artículos 12 y 23 de la Ley 19.496; es decir, no respeto a las condiciones del contrato y prestación de servicio negligente, respectivamente.

“Este tribunal concluye que los hechos anteriormente analizados son constitutivos de infracción a lo dispuesto en los artículos 12 y 23 de la Ley N° 1.9496, toda vez que el proveedor no dio cumplimiento a su obligación de transportar hasta su destino a la pasajera con seguridad y sin que se viera expuesta a sufrir accidentes como aquel del que fue víctima, y por lo cuales ésta pagó un pasaje, oportunidad en que funcionarios de la denunciada actuaron con evidente negligencia causándole un menoscabo a la consumidora al no evitar las condiciones que hicieron posible que ésta sufriera un accidente de gravedad (…) lo que significó que le afectaran una serie de consecuencias negativas”, dice el fallo de primera instancia.

Asimismo, el Tercer Juzgado de Policía Local había determinado un pago de $230.967 por daño material o emergente, y $1.500.000 por daño moral, pero la Corte de Apelaciones de Antofagasta determinó modificar los montos fijando en $120.000 el daño material y $3.000.000 el daño moral.

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