SEC formula cargos a generadora GasAtacama por afectar costos de operación de sistema eléctrico
Investigación de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, estableció que la empresa entregó información errónea, en cuanto a sus mínimos técnicos y a tiempos mínimos de operación, lo que hizo encarecer el costo final de la electricidad del sistema.
por:
La Segunda Online
miércoles, 25 de mayo de 2016
La Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC, formuló cargos a la empresa generadora GasAtacama, perteneciente al grupo ENEL (ex ENDESA), por la entrega de información errónea al CDEC-SING (Centro de Despacho Económico de Carga del Sistema Interconectado del Norte Grande), en cuanto a los mínimos técnicos y tiempos mínimos de operación, aspectos que finalmente incidieron en un encarecimiento del precio de la electricidad del sistema.
La investigación del organismo fiscalizador se originó en noviembre del año pasado luego de recibir una auditoría encargada por el CDEC-SING, la que tenía como objetivo verificar el cumplimiento de la normativa por parte de las centrales generadoras.
La auditoría indicaba que para los valores de mínimo técnico necesarios para operar, eran inferiores a lo informado por GasAtacama, toda vez que realizadas las pruebas para determinar estos valores, y la experiencia internacional, mostraron que los valores eran inferiores a lo indicado por la generadora en cuestión.
En tanto, para los valores de tiempo medio de operación, la auditoría analizó y comparó los valores reportados por GasAtacama contra los valores de la práctica internacional concluyendo que "no habría justificación para que la planta deba estar en funcionamiento un tiempo mínimo de 30 horas o que deba permanecer 30 horas detenida antes de un nuevo arranque".
Estos antecedentes motivaron una investigación técnico-jurídica por parte de la SEC, para establecer eventuales incumplimientos a la normativa, tras lo cual se concluyó que “existen antecedentes suficientes para estimar que los hechos descritos revisten el carácter de infracciones a la normativa vigente, en razón de lo cual se procede a formular el siguiente cargo: Efectuar la operación de las instalaciones de su propiedad, con infracción a la normativa vigente (…), hecho manifiesto en la entrega de información errónea al CDEC-SING”, según lo señalado en el oficio emitido por el organismo fiscalizador.
MEJORA DE LOS PROCESOS
El Superintendente de la SEC, Luis Ávila Bravo, junto con confirmar la formulación de cargos, sostuvo que “la normativa es clara, al señalar que la operación de las instalaciones eléctricas, que trabajen interconectadas entre sí, deberá coordinarse con el fin de preservar la seguridad del servicio y garantizar la operación más económica para el conjunto de las instalaciones, lo que, de acuerdo a nuestra investigación, no ocurrió en este caso”.
Con respecto a las eventuales multas, Ávila explicó que la SEC tiene facultades para aplicar sanciones por hasta 10 mil UTA (Unidades Tributarias Anuales), aunque el monto final sólo se conocerá una vez que se hayan revisado los descargos de la empresa, la que tiene 15 días hábiles para presentarlos.
Finalmente, el titular de la SEC sostuvo que más allá del monto de la multa, lo que le interesa al organismo que dirige, es que las empresas generadoras puedan revisar y mejorar sus procesos, a fin de que el sistema opere en forma continua y con altos estándares de eficiencia, con el objetivo de que la ciudadanía, y los consumidores, puedan acceder a precios lo más económico posibles y estables.