Economía
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SVS sancionó a 21 sociedades deportivas por faltas en entrega de información

Las sanciones consideran censuras hasta multas de hasta 50 UF (poco más de $1 millón), dependiendo de si los infractores cometían la falta por primera vez, si presentaron descargos o no o si eran reincidentes.

por:  La Segunda
jueves, 08 de septiembre de 2011

Una "lluvia" de sanciones contra 21 sociedades deportivas cursó la Superintendencia de Valores y Seguros. Todas, principalmente por no entregar a tiempo información financiera, sobre capital, obligaciones laborales y previsionales, entre otras.

Las sanciones consideran censuras hasta multas de hasta 50 UF (poco más de $1 millón), dependiendo de si los infractores cometían la falta por primera vez, si presentaron descargos o no o si eran reincidentes.

Las multas más altas (50 UF) fueron para 12 entidades deportivas: Unión Española de Temuco, Club de deportes Castro, Club deportivo Valdivia, Fondo de deporte profesión básquetbol de la Universidad de Concepción, Club de deportes Ancud, Toros Chile, Club deportivo Liceo mixto de Los Andes, Corporación de deportes Melipilla, Club deportivo Fernández Vial, Club de deportes Coquimbo Unido, San Luis de Quillota y Club deportivo Universidad de Concepción.

Con 25 UF ($549.525) fueron castigados los clubes deportivos Boston College, Corporación deportiva Curicó Unido, Club de deportes Rangers, Club de deportes Copiapó, Unión Española. Club deportivo Ñublense, y Fuerza, Garra y Corazón.

Con 15 UF ($329.715) se multó al Club de deportes Puerto Montt, y con censura, se amonestó al Club deportivo Palestino.

Qué dice la ley de SA deportivas

La ley de Sociedades Anónimas Deportivas (SADP) -promulgada en 2005- establece que su fiscalización está a cargo de la SVS y que por lo tanto deben entregar la información periódica que la entidad les exija.

También que éstas deberán tener un directorio de a lo menos cinco miembros e iniciar sus actividades con un capital de mínimo 1.000 UF, y que los accionistas que tengan un porcentaje igual o superior al 5% de las acciones con derecho a voto, no podrán participar en otra sociedad de la misma actividad y categoría con una cantidad igual o superior de acciones.

 
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