Marisol Hito descartó un revés judicial ya que la acción rechazada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso no representaba la posición del conjunto de la familia.
En su primera reacción al dictamen, precisaron que la acción reivindicatoria entablada por Diana Hito en 2006 no contó con el acuerdo del resto de la familia, por lo que "no representa al clan Hitorangi y en ningún caso significa un revés judicial para la familia", indicó Marisol Hito en representación de siete ramas del clan. En agosto de 2010, estas protagonizaron una toma del establecimiento hotelero que se extendió por un lapso de seis meses hasta su desalojo de este proyecto desarrollado por la familia Schiess por Carabineros en febrero pasado.
Explicó que la participación de estas últimas en el juicio reivindicatorio emprendido por Diana Hito -representada por el abogado Fernando Astudillo- en calidad de tercero coadyudante se debió a que "los resultados de ese juicio son relevantes, y, por tanto, necesitamos acceder a la información relativa a este proceso pero, sin duda, ni el objeto ni los argumentos jurídicos son los que sustentan nuestra posición".
Más aún, aseveró que "no representa ni la causa a pedir, ni las partes que sostienen nuestra posición jurídica respecto de la reivindicación territorial de la familia".
En este sentido, el abogado Oscar Vargas, que representa a Marisol Hito, sostuvo que la defensa a su reivindicación de tierras se manifestará en la querella que interpusieron los Hito por detención y allanamiento ilegal ante el Juzgado de Garantía de Valparaíso y en el marco de la defensa de los 17 integrantes del clan que fueron formalizados en febrero pasado por los cargos de usurpación y amenazas tras la toma del hotel Hanga Roa.
Familia recurrirá a Convenio 169 de la OIT
Consultado por los alcances de la resolución de la Corte de Apelaciones de Valparaíso en el sentido de que no existen documentos legales que demuestren la propiedad reivindicada en la demanda de Diana Hito, Oscar Vargas indicó que el clan potenciará su estrategia de apelar a normas de "carácter superior" como es concretamente es el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) - el cual reconoce a los pueblos indígenas la propiedad de sus tierras y que los gobiernos que lo ratificaron deben acatar- y que ven como una "instancia de derecho de carácter superior desde la cual deben juzgarse los derechos ancestrales al territorio del pueblo rapanui".
Cabe señalar que fuentes de gobierno indicaron que dos ramas del Clan Hito aceptaron incorporarse a la Mesa de Tierras que estableció el gobierno para zanjar las reivindicaciones territoriales en la isla y aseguraron que una tercera lo haría próximamente.